Detener a todo el mundo
El ministro Marlaska presume la culpabilidad de todos los conductores y los sujeta a inspecciones sin causa probable de la comisión del delito.
Detener a todo el mundo Leer másLas Sentencias hay que acatarlas. No hay por qué compartirlas.
El ministro Marlaska presume la culpabilidad de todos los conductores y los sujeta a inspecciones sin causa probable de la comisión del delito.
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Ya todo el mundo sabe que la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, ha supuesto una revolución penológica, porque al unificar delitos lo penaliza todo de otra manera, al tiempo que cambia las duraciones de las diversas privaciones de libertad. Sorprende que ningún órgano consultivo advirtiera algo muy sencillo: que la unificación de tipificaciones supondría una revisión de las condenas. En muchos casos a la baja. Pero es que “sí es sí”. …
Rejuzgar todo lo juzgado. No hay sentencias firmes en materia de abusos sexuales. Leer más
¿Y al juez que la imputó no le va a pasar nada? No. Nada. ¿Son gajes del oficio de politico? No. Es que al que imputa -para garantías- nunca le pasa nada. Entonces ¿quién es el «garantizado», el «investigado» o el investigador (instructor)? Desde 1990, en que se suprimió, me parece una barbaridad prescindir del auto de procesamiento. Véase mi opinión en Expansión en 2004. https://derechoyopinion.com/wp-content/uploads/2022/10/202210152CEmpapelado.m4a
Daños al honor durante el proceso penal Leer más
Hay que dejar de hablar de delitos de odio. Odio y amor no son conductas ni punibles ni exigibles, porque son interiores. La obligación de amar figura en las leyes de Dios, no en las humanas. El amor no se exige en el Código Civil ni para el matrimonio. Según la RAE el odio es «antipatía y aversión hacia algo o hacia alguien cuyo mal se desea». Siendo así que los deseos no son acción ni omisión, no son punibles. …
¿Delitos de odio? Leer más
Dolo directo de primer y segundo grado y dolo eventual.
El dolo y sus clases Leer más
La Ley orgánica 5/2021, de 22 de abril, que deroga el 315.3 del Código Penal (coacción por piquetes) hace ver ella misma en su exposición de motivos por qué es inconstitucional. La exposición de motivos determina la interpretación. Expone cuál es la causa de la ley. Resulta que la causa de la ley es la revolución. La revolución no está en la Constitución. Lo que está en la Constitución es el derecho al trabajo. Que, por medio de esta reforma, …
La ley orgánica 5/2021, de 22 de abril, es inconstitucional. Leer más