Las Sentencias hay que acatarlas. Pero no hay por qué compartirlas.

La regulación de la Inspección educativa en España. La necesidad de una Alta Inspección educativa.

La inspección educativa siempre ha cumplido en nuestro suelo una función igualitaria y unificadora. Con el tiempo, además, ha asumido la función de garantizar la calidad de la enseñanza. La inspección se ha ejercido siempre desde los órganos centrales del ministerio. Con la Constitución (Artículo 27 “8. Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes”), ha surgido un modelo educativo distribuido en el que la Alta Inspección es pieza esencial. El efectivo cumplimiento de la legislación básica sufre por carecer de mecanismos reglamentarios útiles para que ésta cumpla su función. Para que la igualdad esté garantizada, es necesaria una regulación reglamentaria de lo que las leyes disponen en materia de Alta Inspección.

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Por qué hay que suprimir la ejecutoriedad de las liquidaciones tributarias

Érase una vez un Estado de Derecho en el que la Constitución proscribía toda injusticia e imponía absoluta igualdad. Por supuesto estaba prohibida la pena de muerte. Pero, aunque estaba proscrita en la Constitución, y además el precepto estaba escrito con letras MAYÚSCULAS, la pena de muerte se aplicaba a diario. Si quiere saber por qué, siga leyendo.

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El TJUE sentencia a medias sobre la suspensión de los contratos administrativos

La Sala 4.ª del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado la Sentencia el 18 de enero de 2024 en el asunto C 303/22, indicando que la Directiva 89/665/CEE no se opone a una normativa nacional que prohíbe al poder adjudicador celebrar un contrato público únicamente hasta la fecha en que el órgano administrativo se pronuncie sobre el recurso interpuesto contra la decisión de adjudicación de ese contrato, y añade que “si se interpone tal recurso, la suspensión de la celebración de ese contrato debe mantenerse hasta que el órgano jurisdiccional que conozca del asunto se haya pronunciado sobre el citado recurso”. Pero esto último no lo incorpora al fallo.

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El trámite de audiencia en la elaboración de disposiciones generales

Conferencia pronunciada por D. Íñigo Coello de Portugal Martínez del Peral, Letrado Mayor del Consejo de Estado, el 27 de septiembre de 2023 en la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, en el ciclo de Conferencias organizado por la mencionada Academia y por el Consejo de Estado sobre el procedimiento de elaboración de disposiciones generales desde la perspectiva del Consejo de Estado.

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